Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060584)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuyo titular es José Benito Hernández, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 37
10575
Jueves 22 de febrero de 2024
• Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de
agua, no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de
ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de
población será de 1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos.
1. Los residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
Residuos cuya recogida y
eliminación son objeto de
requisitos especiales para
prevenir infecciones
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 02
Productos químicos que
consisten en, o contienen,
sustancias peligrosas
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 05
Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas
Residuos de envases de sustancias
utilizadas en el tratamiento o la
prevención de enfermedades de
animales
15 01 10
(1)
CÓDIGO LER
(1)
L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre
de 2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
Papel y cartón
Residuos asimilables a los municipales
20 01 01
Plástico
Residuos asimilables a los municipales
20 01 39
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a los municipales
20 03 01
Objetos cortantes y punzantes
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 01
Residuos cuya recogida y
eliminación no son objeto de
requisitos especiales para prevenir
infecciones
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 03
10575
Jueves 22 de febrero de 2024
• Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de
agua, no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de
ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de
población será de 1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos.
1. Los residuos peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
Residuos cuya recogida y
eliminación son objeto de
requisitos especiales para
prevenir infecciones
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 02
Productos químicos que
consisten en, o contienen,
sustancias peligrosas
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 05
Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas
Residuos de envases de sustancias
utilizadas en el tratamiento o la
prevención de enfermedades de
animales
15 01 10
(1)
CÓDIGO LER
(1)
L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre
de 2014.
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán con mayor frecuencia son los siguientes:
RESIDUO
ORIGEN
CÓDIGO LER
Papel y cartón
Residuos asimilables a los municipales
20 01 01
Plástico
Residuos asimilables a los municipales
20 01 39
Mezcla de residuos municipales
Residuos asimilables a los municipales
20 03 01
Objetos cortantes y punzantes
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 01
Residuos cuya recogida y
eliminación no son objeto de
requisitos especiales para prevenir
infecciones
Tratamiento o prevención de
enfermedades de animales
18 02 03