Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario. (2024060572)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
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Miércoles 21 de febrero de 2024

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de las Personas Físicas y sobre Sociedades, al favorecer la ocultación de plusvalías por el
transmitente; en los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, porque se tributa por un valor inferior al
realmente satisfecho y logrado por el adquirente, respectivamente.
Junto a las actuaciones comprobación de valor por parte de la Administración Tributaria,
la actividad administrativa ha de ir dirigida a la prevención del fraude, mediante medidas
de difusión del valor “a efectos fiscales” de los bienes que posibiliten su conocimiento por
el obligado tributario en el momento de la presentación de la autoliquidación correspondiente. Con esta finalidad, desde el 1 de enero de 2022 se puso a disposición de los contribuyentes la información del valor de referencia de Catastro para determinados tipos de
inmuebles (vivienda, garajes y suelos rústicos sin construcciones), que servirá como base
Imponible del impuesto. Estos valores se actualizan anualmente y son de pública consulta
en la sede electrónica del Catastro.
El fin principal de las actuaciones administrativas de valoración de aquellos bienes que no
tengan valor de referencia no debe ser la rectificación de valores mediante comprobaciones
individualizadas, sino la prevención del fraude, fomentando la práctica de declaraciones de
valores ajustadas a la realidad, a través del asesoramiento y el suministro de la información necesaria.
Con esta finalidad, para aquellos bienes inmuebles que carecen de valor de referencia, se
pone a disposición de los contribuyentes el suministro de información con carácter previo
a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles. Este suministro de información lo efectúa la Consejería de Hacienda y Administración Pública mediante un sistema de valoración
basado en los precios medios de mercado para la determinación del valor de los inmuebles
de naturaleza rústica, los vehículos comerciales e industriales ligeros y la obra nueva y la
estimación por referencia para determinadas fincas urbanas, que está a disposición de todos los ciudadanos a través del Portal Tributario de Extremadura y en las oficinas de todos
los órganos que desempeñan funciones de aplicación de los tributos.
La Comunidad Autónoma de Extremadura ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura
la Orden que resultará de aplicación a las transmisiones y adquisiciones de determinados
vehículos usados que se realicen durante el ejercicio 2024, estando prorrogados los valores
relativos a la obra nueva. Para los supuestos en los que no existan valores de referencia
de los bienes inmuebles urbanos y rústicos están disponibles los valores publicados en las
correspondientes Órdenes de Valoraciones.
Igualmente, se facilita a los interesados una información que se realiza mediante un sistema de valoración automático, accesible a cualquier persona a través del Portal Tributario de