Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Tasas. Precios Públicos. (2024060577)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
232 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 35
Martes 20 de febrero de 2024

9968

2.- Para compulsa de documentos y realización de informes:
2.1. Los Entes Públicos Territoriales e Institucionales.
2.2. El personal al servicio de la Comunidad Autónoma por los servicios relativos al
desarrollo de sus funciones, así como para participar en concursos y oposiciones de
la propia Comunidad Autónoma.
2.3. Los particulares por los servicios relacionados con expedientes de subvenciones,
donativos o becas percibidas o gestionadas por la Comunidad Autónoma, así como
para aquellos necesarios para su participación en cursos y pruebas selectivas
convocadas por la misma.
2.4. Los particulares que, en el momento de la solicitud de la prestación del servicio,
acrediten su situación de demandante de empleo.
3.- Para Certificados, Compulsa de documentos y realización de Informes:
- Las Sociedades Cooperativas de Extremadura y Sociedades Laborales, por el
Registro de las mismas, así como los servicios que se presenten por Depósito de
Actas de Elecciones Sindicales y de Estatutos de Asociaciones Empresariales y
Sindicatos.
4.- Por expedición de copias de documentos que formen parte de un expediente
administrativo:
- La primera petición que se formule en relación con un mismo expediente y en
cuantía inferior a 5 páginas.
5.- En la venta de impresos:
5.1. El suministro de modelos 50 a las Entidades Colaboradoras en la recaudación de
ingresos.
5.2. La adquisición de impresos modelo 50, cuando el importe de la tasa no supere
los 0,40 €, incluyendo el impreso utilizado para su abono.
6.- Estará exento del pago de la tasa por prestación de servicios administrativos, la
expedición de copias y la digitalización de copias de documentos que formen parte de
un expediente administrativo relacionados con la Ley 1/2019, de 21 de enero, de
Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.