Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Tasas. Precios Públicos. (2024060577)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
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NÚMERO 35
Martes 20 de febrero de 2024

9884

Por cada servicio-unidad que supere el máximo contemplado en los apartados anteriores.... 13,73 €

La Tasas descritas en esta sección en los puntos 35, 36, 39, 47 y 48 se autoliquidarán por el interesado
en el momento de solicitar la prestación del servicio, salvo las reguladas en los puntos 37, 38, 42, 43, 44, 45 y 46
que se practicará su liquidación por la Consejería competente en materia de Sanidad.

SECCIÓN 5ª
SERVICIO DE CONTROL ALIMENTARIO (Nº Cód.:11013-5)
51.- Actuaciones sanitarias singulares o de carácter no ordinario ordenadas por la Autoridad Sanitaria de la
Consejería de Sanidad y Dependencia o de la Dirección Gerencia o Gerencias de Área del Servicio
Extremeño de Salud competentes en materia de Salud Pública, tendentes a la protección de la Salud o a la
corrección de acciones lesivas para la misma:
51.1. Visita de inspección de médico, por cada hora o fracción de hora........................... 47,18 €
51.2. Visita de inspección de médico inferior a 30 minutos .............................................. 23,58 €
52.-Control sanitario en actividades cinegéticas: Por control e inspección sanitaria de las piezas abatidas,
incluida la certificación sanitaria para la circulación y transporte de las mismas:
52.1. Caza Mayor.
52.1.1. En Monterías, batidas y ganchos:
52.1.1.1. Cotos Privados; .................................................207,00 € por actividad cinegética.
52.1.1.2. Sociedades Locales ..........................................165,60 € por actividad cinegética.
52.1.2.- En recechos selectivos (descastes)
52.1.2.1.- Por primer servicio de inspección y hasta 20 piezas abatidas ................... 188,74 €
52.1.2.2.- Por cada día más de servicio de inspección y hasta 20 piezas abatidas ...... 75,59 €
52.1.2.3.- En ambos casos, por cada pieza de más de 20 abatidas................................. 9,63 €
52.1.3.- En recechos, aguardos o esperas y rondas y jabalí al salto (€/pieza) .................. 9,63 €
52.2.- Caza Menor.
52.2.1.- Hasta 500 piezas abatidas................................................................................ 94,44 €
52.2.2.- Más de 500 piezas abatidas, cada una............................................................... 0,24 €
53.- Control e inspección sanitaria de carnes de reses de lidia, procedentes de actividades taurinas.
53.1. Por cada res faenada…………………………………………………………… 13,38 €
La Tasas descritas en esta sección en los puntos 52.1.1.1; 52.1.2.1; 52.1.3; 52.2.1 y 53.1 se
autoliquidarán por el interesado en el momento de solicitar la prestación del servicio. Se practicará liquidación
por la Consejería competente en materia de Sanidad en los puntos no señalados anteriormente.
SECCIÓN 6ª
PRUEBAS DE LABORATORIO (Nº Cód.:11014-4)
74.- Pruebas Parasitológicas, Coprología, Examen Hemático y Triquinela .................... 14,81 €
74.1. Matanzas Domiciliarias. Por cada cerdo sacrificado ............................................... 1,24 €
75.- Pruebas microbiológicas (por cada recuento o determinación género o especie).... 14,81 €
76.- Pruebas inmunológicas ................................................................................................... 14,81 €
77.- Pruebas físico-químicas (por cada determinación o parámetro)............................... 17,59 €
La Tasas descritas en esta sección en los puntos 74 y 74.1 se autoliquidarán por el interesado en el
momento de solicitar la prestación del servicio, se practicará liquidación por la Consejería de Salud y Servicios
Sociales en las reguladas en los puntos 75, 76 y 77.