Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060568)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de apertura de un pozo de sondeo en la parcela 38 del polígono 7, del término municipal de Herrera del Duque, cuya promotora es Nestlé España, SA. Expte.: IA22/0280.
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Lunes 19 de febrero de 2024



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• Igualmente, cualquier residuo o resto de materiales procedentes de las obras a realizar deberá ser extraído del monte.



• La reparación y mantenimiento de maquinaria se realizará fuera del monte y se prohíbe el vertido de sustancias contaminantes, tales como aceites, carburantes, etc.



• No se podrá cortar el arbolado de encina existente.



• Se estará a lo previsto por la legislación de incendios forestales.

— Con fecha 13 de octubre de 2023 la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural remite informe indicando que ha sido analizada el área de afección de
dicho proyecto por los técnicos de la DGBAPC y se ha podido comprobar que, según la
documentación existente en este organismo, el proyecto no presenta incidencias sobre
el patrimonio arqueológico conocido. No obstante, y como medida preventiva de cara a
la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se deberá adoptar la siguiente
medida correctora, contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la ejecución de las obras se
hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa
de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas
para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
— Con fecha 30 de octubre de 2023, el Servicio de Urbanismo de la Dirección General de
Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe indicando que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección
sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva
(Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura,
con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de
desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre,
de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27
de junio de 2019.
— Con fecha 2 de noviembre de 2023 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe de afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los
usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH), en sus zonas de servidumbre, policía y zonas inundables.
R
 especto a las posibles afecciones a terceros y/ o aguas superficiales, indica el informe
que según lo dispuesto en el artículo 87.4 del Reglamento del DPH, “cuando el pozo se