Presidencia De La Junta. Colaboración Económica Municipal. (2024060590)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad para 2024, "CONCILIA-EXTREMADURA".
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NÚMERO 33
Viernes 16 de febrero de 2024

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2. Las contrataciones amparadas por el presente Programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad deberán realizarse necesariamente durante el
ejercicio económico 2024, en el período y para la realización de las actividades desarrolladas por la entidad local en el marco de este Programa.
3. Las entidades locales destinatarias de las transferencias del Programa procederán a la contratación del personal necesario para el desarrollo del mismo, priorizando la contratación
por el siguiente orden:
— Mujeres en situación de desempleo de larga duración según informe de vida laboral de
la Tesorería General de la Seguridad Social e inscritas como desempleadas en el Servicio
Extremeño de Empleo.
— Mujeres mayores de 45 años.
— Mujeres menores de 30 años que carezcan de experiencia laboral y de hombres menores de 30 años que carezcan de experiencia laboral, en ambos casos inscritos como
desempleados en el Servicio Extremeño de Empleo, primándose de esta forma factores
de género y la protección económica de aquellos colectivos que se ven especialmente
afectados por una situación de mayor vulnerabilidad.
4. L
 os contratos deberán formalizarse por escrito, en modelo oficial y comunicarse al Servicio
Extremeño Público de Empleo a través de la aplicación contrat@.
Octavo. Gestión de los fondos.
1. L
 os fondos se ingresarán en la cuenta de la entidad local que figure como principal en el
sistema económico presupuestario de la Junta de Extremadura.
2. Las entidades locales destinatarias de los fondos no tendrán que acreditar que se hallan al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
así como que no son deudoras de la Junta de Extremadura por cualquier otro ingreso de
derecho público.
3. L
 os remanentes de fondos no comprometidos resultantes al finalizar el programa, que se
encuentren en poder de las entidades locales, seguirán manteniendo el destino específico
para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente Programa de Colaboración
Económico Municipal como situación de tesorería en el origen como remanentes que serán
descontados de la cantidad que corresponda transferir a cada entidad local en el programa
siguiente. Esta regularización se realizará mediante el reajuste de las cantidades a percibir
en el pago del siguiente año.