Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2024060598)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de proximidad a personas mayores residentes en entidades locales de Extremadura para 2024.
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NÚMERO 33
Viernes 16 de febrero de 2024

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2. La cuantía total a otorgar a cada entidad se obtiene del resultado de establecer un reparto
proporcional del crédito total del programa, en relación al total de personas mayores con
65 o más años de cada localidad.
3. Dicha cuantía resultante se transferirá a las entidades destinatarias, conforme a los importes que se indican en el Anexo I adjunto a este acuerdo.
4. C
 on los límites establecidos en este acuerdo cuarto, podrán financiarse los servicios de
proximidad realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
El importe de las transferencias que perciban las entidades podrá destinarse a todos aquellos gastos necesarios para desarrollar una o varias de las modalidades de servicio de
proximidad descritos en el acuerdo primero, apartado 3.
Quinto. Abono de transferencias.
1. Los fondos se harán efectivos a las entidades locales con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 y de conformidad con
las partidas presupuestarias indicadas en el acuerdo cuarto.
2. Cada uno de los pagos que se efectúe a las entidades incluidas en el Anexo I de este acuerdo se realizará, conforme a los criterios de distribución previstos en el acuerdo cuarto,
previo certificado del servicio gestor sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas
en este acuerdo para proceder al pago, con indicación de la cuantía, para cada entidad local
afectada, conforme a los siguientes devengos y porcentajes:
— Una vez aprobado el presente acuerdo, se abonará un primer 50% de la cantidad total
prevista para este ejercicio presupuestario.
— A partir del 1 de julio se abonará un segundo 50% de la cantidad total prevista para este
ejercicio presupuestario.
3. Las entidades destinatarias podrán renunciar a la transferencia en cualquier momento,
debiendo, en su caso, efectuar la devolución del importe abonado, a través de modelo 50,
consignando el número de código 11441-4, que deberá adjuntar al escrito de renuncia, la
cual será aceptada mediante resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia del
SEPAD de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
4. Sin perjuicio de lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, así como en los distintos acuerdos aprobados o que
se aprueben para el ejercicio 2024 por el Consejo de Gobierno en los que se establecen
las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria, a efectos de asegurar la gestión