Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2024060596)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Servicios Residenciales, Centros de Día y Centros de noche para personas mayores en situación de dependencia para 2024.
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NÚMERO 33
Viernes 16 de febrero de 2024

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9.1, apartado 27 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como del artículo 35 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, donde se prevé que las entidades locales extremeñas colaborarán, en el ámbito
de sus respectivas competencias, en el desarrollo de los servicios sociales, en especial, en
materia de atención de la dependencia y de las previsiones que, en materia de competencias propias municipales, estable­ce el artículo 15.1 d) 1ª, en relación con lo establecido en
la disposición transitoria primera de la LGAMEX, donde las propias entidades locales pueden desplegar actuaciones respecto a la gestión de los servicios sociales y de las políticas
de inclusión social.
2. La gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024 y
en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas
e instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Entidades destinatarias del programa.
1. Serán entidades destinatarias del presente programa las entidades locales de la región que
ostenten la titularidad o disponibilidad de centros residenciales, centros de día y centros de
noche que presten servicios sociales a personas mayores en situación de dependencia, con
la excepción de los centros de titularidad de la Junta de Extremadura.
2. Los centros donde se presten los servicios de atención residencial, centro de día y centro de
noche deberán disponer de plazas de residencia, de centros de día y/o de centros de noche,
inscritos en el Registro de Entidades y Servicios para Personas Mayores de la Comunidad
Autónoma de Extremadura e incluidos en la Red de Centros del SAAD para la Atención a
Personas Mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a fecha 30 de septiembre
de 2023.
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. El programa tiene una dotación global inicial de 33.673.600,00 euros con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, con la
siguiente distribución, correspondiendo a cada entidad y centro la cuantía individual especificada en el Anexo I de este acuerdo, calculada de conformidad con los criterios señalados
en los apartados siguientes: