Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060475)
Resolución de 4 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través del Canal de Las Dehesas con destino a riego de una superficie de 63,4353 ha de cultivo de arroz en las fincas "Zorreras de Abajo" y "Los Endrinales", en los términos municipales de Madrigalejo (Cáceres) y Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA21/1609.
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NÚMERO 32
Jueves 15 de febrero de 2024

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parcelas de cultivo, utilizar semillas y maquinaria limpia, fanguear e inundar la paja del
arroz hasta el momento de la siega (en caso de no fanguear, retirarla una vez realizada
la cosecha), mantener niveles de inundación someros para favorecer el calentamiento
del suelo para que germinen y aumentar los niveles de inundación para producir el
ahogamiento de las plantas y realizar siembras de alta densidad para favorecer competitivamente al arroz frene a las plantas arvenses.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, teniendo en cuenta que los cultivos ya están implantados y aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA como en la presente declaración de impacto ambiental,
el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.


C.2.4. Paisaje.

Dado que los cultivos están implantados, la transformación del paisaje es inapreciable.
Mediante el fomento de vegetación natural en las lindes se considera que la afección
paisajística será compatible, teniendo en cuenta que nos encontrarnos en una comarca
donde abundan los mosaicos de cultivos permanentes y anuales mezclados con pastos
permanentes.
La actuación, en cualquier caso, no implicará la corta o eliminación de arbolado autóctono o el soterramiento de vegetación ribereña palustre.


C.2.5. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.

La calidad del aire se habrá visto afectada durante la fase de construcción por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos
de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases
derivados de la combustión y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los niveles sonoros. Dado que están
concluidas las obras esta afección ha desaparecido.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno mediante el cumplimiento de toda la normativa relativa
al ruido.