Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060434)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo promotor es Julio Lavado Lavado, en el término municipal de Montijo (Badajoz).
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Jueves 15 de febrero de 2024

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ñol de Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico de la Dirección General
de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la zona que darán las indicaciones
oportunas.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la normativa urbanística y en la autorización ambiental unificada respectivamente, correspondiendo al
Ayuntamiento de Montijo y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en
estas materias.
4.2. Medidas en fase de construcción.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos accidentales al medio, así como se controlará las emisiones de gases y contaminantes de
los vehículos y maquinaria utilizados en la obra, mediante su correspondiente revisión
y la continua puesta a punto.
— Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la fase de
obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan pro­vocar este
tipo de contaminación.
— Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones y
otros elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra (aceites,
grasa, piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el personal empleado. Los elementos de recogida se ubicarán lo más lejos posible de los cauces de aguas
de escorrentía más próximos.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales.
Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.
— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación
vigente.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán
habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de
su tipología, clasificación y compatibilidad.