Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060434)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo promotor es Julio Lavado Lavado, en el término municipal de Montijo (Badajoz).
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NÚMERO 32
Jueves 15 de febrero de 2024

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b)  Una de recogida de aguas pluviales. Para estas aguas se ha dispuesto un canal perimetral de toda la zona hormigonada de 20 cm de ancho y 25 cm de profundidad de
hormigón, donde se recogen todo tipo de vertidos que pudieran producirse por arrastre
de sustancias por efecto del agua de lluvia y se conducen a 1 arqueta separadora de
grasas prefabricada. Del pozo de registro de la separadora de grasas sale un colector de
PVC enterrado de 350 mm que conduce las aguas desengrasadas a un punto de vertido
sobre el terreno, situado junto a la carretera EX-227. Para la realización de este vertido
u otros vertidos, será necesario disponer de la autorización de vertidos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, estando dispuesto a lo que se indique en la citada
resolución de autorización administrativa de vertido.
c)  Una red estanca de recogida de derrames en el interior de las naves. Se dispondrá de
este mismo sistema de red estanca en la zona techada de almacenamiento de residuos
peligrosos anexa a las naves de tratamiento. Esta red no estará conectada a la red
municipal de saneamiento y recogerá las fugas o derrames accidentales de líquidos
contenidos en los residuos a gestionar, dirigiéndolos a una arqueta estanca para su recuperación y correcta gestión.
2. E
 xceptuando los vertidos indirectos señalados anteriormente, no se podrán realizar vertidos a dominio público hidráulico, ni directa ni indirectamente.
3. A
 l objeto de prevenir vertidos no autorizados a la red de saneamiento, todos los residuos
que contengan fluidos; y los aparatos eléctricos y electrónicos se almacenarán sobre pavimento impermeable y se asegurará la retención y recogida de fugas de fluidos.
4. L
 a arqueta separadora de grasas se mantendrá en perfecto estado de funcionamiento. En
particular, se retirarán con la frecuencia precisa las grasas e hidrocarburos separados de las
aguas pluviales, gestionándose adecuadamente conforme a lo indicado en el capítulo -b-.
5. A
 l objeto de prevenir emisiones de contaminantes al suelo, el pavimento de la instalación
industrial deberá ser impermeable y la manipulación y almacenamiento de residuos peligrosos y de aquellos que contengan sustancias peligrosas relevantes, en particular, conforme a la información aportada por el titular: fluoruros, PCB, cobre, estaño, mercurio, plomo
y zinc, deberá realizarse sobre dicha solera impermeable y en el interior de la nave o, en
el caso de almacenamiento, al menos a cubierto. El contenedor o componente del residuo
en el que se encontrara encapsulado la sustancia peligrosa deberá mantenerse íntegro en
caso de que el tratamiento hubiera de realizarse en otras instalaciones industriales a fin de
evitar la liberación de la sustancia.
6. S
 egún informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (EIA 23/034-MCGC) la actuación planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan