Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060516)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura para la investigación de detección de árboles y arbustos mediante el análisis de imágenes aéreas usando técnicas de aprendizaje máquina y para el desarrollo de una aplicación móvil de gestión de expedientes.
28 páginas totales
Página
NÚMERO 31
Miércoles 14 de febrero de 2024

8686

e) P
 or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en este convenio o en otras
leyes.
Extinguido el convenio se procederá a su liquidación al objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, con los efectos previstos en el artículo 52 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Protección y seguridad de la información.
1. E
 n el desarrollo del presente convenio las partes adoptarán las medidas de seguridad requeridas por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga
la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), por la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, así como lo indicado en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) establecido
en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, y sus modificaciones; así como, aquella otra
normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal que sea de aplicación
durante la vigencia de este convenio.
2. L
 as partes se comprometen a cumplir la política de seguridad y confidencialidad de la información y a someterse a los sistemas de verificación establecidos por el Sistema de Gestión
de la Seguridad de la Información del Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de
Extremadura de Fondos FEAGA y FEADER, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo que se
adjunta al presente convenio y la legislación estatal o autonómica que resulte aplicable en
cada caso.
Novena. Publicidad del convenio.
El presente convenio de colaboración estará sujeto al régimen de publicidad exigido por el
artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (DOE núm.
99, de 24 de mayo), de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. (DOE
núm. 3, de 31 de enero).
Décima. Resolución de conflictos.
En defecto de las normas específicas, para resolver las dudas o lagunas que pudieran producirse, se aplicarán los principios de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación, modificación, efectos o resolución, y que no hayan podido solventarse a través de la Comisión de Seguimiento, se sus-