Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060414)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifica la Resolución de 29 de diciembre de 2022 por la que se otorgó autorización ambiental unificada al proyecto de centro de almacenamiento y reciclado de aparatos eléctricos y electrónicos promovido por Cooperativa Limitada Minusbarros, en el término municipal de Zafra.
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Lunes 12 de febrero de 2024

protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 14.6 del
Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en
las categorías 9.1 y 9.6 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativas a “Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos
de todo tipo, no incluidas en el anexo I” e “Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos
y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con
carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios”.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la presente ley.
Vista la documentación obrante en el expediente administrativo, teniendo en cuenta lo manifestado por el interesado, y habiéndose dado cumplimiento a todas las exigencias legales,
este órgano directivo,
RESUELVE:
Otorgar modificación no sustancial de la autorización ambiental unificada a favor de Cooperativa Limitada Minusbarros, de centro de almacenamiento y reciclado de aparatos eléctricos y
electrónicos en Zafra, a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la
actividad se deberá cumplir el condicionado fijado en la Resolución de AAU otorgada por la
DGS de 29 de diciembre de 2022 (y que se tramitó en el expediente AAU 22/058) y el recogido en la nueva documentación técnica entregada (expediente AAUNS 23/070), excepto
en lo que ésta contradiga a dicha autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuantas
normativas sean de aplicación a la actividad de referencia en cada momento, considerando
las siguientes modificaciones:
El apartado b) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos generados en la actividad será sustituido por el apartado b) Residuos
entregados a gestores autorizados debido al ejercicio de la actividad, y el apartado a) Medidas
relativas a los residuos gestionados por la actividad, el anexo I: Resumen del Proyecto y el
anexo II: Planos, quedarán redactados de la siguiente forma: