Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060494)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz sobre concesión directa de subvención para la ejecución de las obras contenidas en el proyecto "Separata: Duplicación de la EX-351. Tramo: BA-060 -Glorieta EX-A2-R2 (Badajoz)".
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NÚMERO 30
Lunes 12 de febrero de 2024

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L as revisiones excepcionales de precios que pudieran acontecer podrán ser cofinanciadas al 50% por cada una de las administraciones intervinientes, previa deliberación y
aprobación en el seno de la Comisión de Seguimiento a instancia de la Diputación de
Badajoz, cuya solicitud deberá ser cursada ante la Dirección General de Infraestructuras Viarias al menos tres meses antes de la finalización de la vigencia del presente
Convenio.
12. Cualquier otra obligación derivada del Convenio, así como de la normativa que resulte
de aplicación.
Sexta. Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos.
Para la dirección, seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Convenio y
de los compromisos adquiridos en el mismo, se acuerda la constitución de una Comisión de
Seguimiento del Convenio.
La Comisión de Seguimiento se constituirá en el plazo de dos meses a partir de la firma del
presente Convenio.
La misma estará formada por dos representantes de la Junta de Extremadura y dos representantes de la Diputación Provincial de Badajoz. Y será presidida por el Director General con
competencias en Infraestructuras de la Consejería que tenga atribuidas dichas competencias
de la Junta de Extremadura, con cuyo voto podrá dirimir los empates.
La Comisión se reunirá a lo largo de la ejecución del Convenio, de forma presencial o a distancia, siempre que lo requiera el asunto a tratar a solicitud de una de las partes. A las reuniones
podrán asistir, como asesores, los técnicos que se juzgue conveniente, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar. En caso de que un vocal no pudiera asistir a la reunión designará a un sustituto para que le represente o delegará su voto en otro miembro de la Comisión.
Las funciones de la Comisión de seguimiento serán:
a) El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Convenio y de los compromisos adquiridos por la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz.
b) La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse
respecto a los compromisos adquiridos respectivamente.
c) La resolución de aquellas cuestiones técnicas o económicas que pudieran sobrevenir
durante la ejecución de las actuaciones objeto de este Convenio.