Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2024AC0013)
Acuerdo de 5 de febrero de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU para la participación agrupada en la Feria CIBUS Parma, para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 30
Lunes 12 de febrero de 2024

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e) D
 eclaración responsable del anexo II.



f) Resumen anual de IVA (Modelo 390) del ejercicio anterior a la fecha de publicación
de la convocatoria.

2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en caso de que el solicitante no se
oponga en el formulario de solicitud, podrá recabar entre sus archivos aquellos documentos
referentes al interesado que se encuentren en su poder, siempre que no hayan transcurrido
más de cinco años desde que los obtuvo.
3. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se reserva el derecho de solicitar
cuanta documentación considere necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos,
así como para el correcto análisis de los criterios de valoración.
Octavo. Plazo de presentación de solicitudes y subsanación.
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, y se computará a
partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria y su extracto
correspondiente en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Cuando la solicitud de ayuda no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los
documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en
los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria se
realizará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, dentro
del límite de disponibilidad presupuestaria.
2. Las solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de valoración previstos en la presente convocatoria.
Décimo. Órgano de ordenación e instrucción.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde al apoderado, o persona
con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, tomando
como referencia lo establecido en sus normas de creación, la ordenación e instrucción del pro-