Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060321)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Bohonal de Ibor, Campillo de Deleitosa, Fresdenoso de Ibor y Mesas de Ibor en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 29
Viernes 9 de febrero de 2024

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la justicia social. Igualmente, es objeto de esta ley regular y organizar el sistema público de
servicios sociales de Extremadura y establecer los mecanismos de coordinación y trabajo en
red de todas las entidades implicadas en su prestación, articulando su relación con el resto de
sistemas de protección social.
Para la consecución de su objeto, la citada ley estructura el sistema público de servicios sociales de Extremadura en dos niveles de atención: los servicios sociales de atención social básica
y los servicios sociales de atención especializada.
Segundo. Que la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura regula
los servicios sociales de atención social básica como la estructura básica y el primer nivel de
atención del Sistema Público de Servicios Sociales. Estos servicios garantizarán, a las personas que cumplan los requisitos establecidos, la prestación de información, valoración y orientación y la prestación de acompañamiento social en situación de exclusión social.
En relación con la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, la misma ofrecerá información, valoración y orientación a las
necesidades y demandas de la población, canalizando las situaciones de necesidad hacia las
prestaciones necesarias. Esta prestación será prestada por profesionales titulados en Trabajo
Social.
Tercero. Que la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene las competencias en materia de servicios sociales en el territorio de la Comunidad Autónoma, así como
la gestión y ordenación del Sistema Público de Servicios Sociales, en los términos establecidos
en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
La Consejería de Salud y Servicios Sociales es el órgano administrativo de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura al que le corresponde en virtud del Decreto de
la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, las competencias en materia de servicios sociales. Y a la Secretaria General de
Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia le corresponde, de acuerdo con el Decreto
235/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre,
por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud,
la función de planificación, ejecución, evaluación y seguimiento de los Servicios Sociales de
Atención Social Básica.
Cuarto. Que los Ayuntamientos de Bohonal de Ibor, Campillo de Deleitosa, Fresnedoso de
Ibor y Mesas de Ibor, en el marco de las competencias que les confiere el artículo 25.2.e) de