Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060358)
Resolución de 28 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de baño y zonas recreativas El Robledo, del término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA22/0718.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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En cualquier caso, esto es objeto del análisis que esta Confederación está realizando en el
contexto de la autorización que se encuentra en tramitación, teniendo en cuenta los objetivos de protección y medioambientales recogidos en los artículos 92 y 92 bis del TRLA, así
como lo establecido los artículos 126 y siguientes del RDPH.
De forma general, relacionada con las diferentes posibles afecciones al DPH en la ejecución
y el funcionamiento del proyecto la Confederación Hidrográfica del Tajo indica una serie de
medidas de obligado cumplimiento, incluidas en el presente informe.
Con fecha 30 de agosto de 2023 la Confederación Hidrográfica del Tajo se remite informe
aclaratorio con las siguientes conclusiones:


— La zona de baño del arroyo Esperabán de El Robledo en Pinofranqueado presenta en
la actualidad un dique formado por restos de hormigón al que se han añadido sedimentos de granulometría gruesa. En la margen izquierda del dique se inicia un canal
histórico de riego.



— Según figura en la documentación aportada, las actuaciones propuestas implican la
demolición del dique existente para la instalación de un azud desmontable y una sección de estiaje con un dispositivo para el acceso de ictiofauna. Además, se adecuará
el camino de acceso a la zona y se dotará de escaleras y rampas para el acceso al
cauce.



— Se puede considerar que este tipo de actuaciones afectarán a la situación ecológica
existente de manera positiva ya que el dique actualmente supone una barrera infranqueable para peces e impide la dinámica natural de transporte de sedimentos del río.
De igual manera, no se alterará en mayor medida la hidromorfología del cauce, ya de
por si antropizada.



— Dentro de la propuesta de “medidas preventivas, correctoras y compensatorias”
presentadas por el promotor, se valora positivamente aquellas relacionadas con el
sistema hidrológico y se incide en la necesidad de evitar la modificación de la morfología y dinámica del cauce y minimizar el acceso maquinaria al cauce, trabajando
esta desde las orillas. Igualmente, el material depositado aguas arriba de los diques
y retirado, se distribuirá de manera homogénea aguas abajo.



— Se añade al informe la obligatoriedad de la correcta gestión de los residuos derivados
de la eliminación del dique; los restos de hormigón deberán ser retirados del cauce
y transportados a un vertedero autorizado, empleándose en la construcción de los
nuevos elementos solo aquellos de procedencia natural del río.