Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060358)
Resolución de 28 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de baño y zonas recreativas El Robledo, del término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA22/0718.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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El tramo del río Esperabán donde se localiza el proyecto, coordenadas UTM ETRS89
Huso 29 X= 725.768m e Y= 4.467.775m, conserva colmilleja del Alagón y otras piscícolas que necesitan realizar remontes para desovar y completar su ciclo biológico, algunas
ya desaparecidas como la anguila. La conectividad longitudinal del río es determinante
para la recuperación piscícola y el flujo natural de acarreos para prevenir otras alteraciones.
Hasta ahora, el cierre del vaso de la piscina ha consistido en un atajadizo temporal
construido con material del lecho. Este obstáculo transversal al cauce durante el periodo estival restituye su naturalidad espontáneamente con la primera crecida del otoño.
El actual proyecto sustituye este atajadizo por la instalación de un paramento temporal
que requiere obras para su cimentación transversal al cauce.
Para el normal flujo de los acarreos fluviales y la consecuente franqueabilidad piscícola
son necesarias soluciones análogas a las indicadas a continuación:


• Disponer, bajo la rasante natural del lecho, dicha cimentación transversal al cauce,
incluyendo una sección inscrita (calado>O’25m) que concentre la vena o caudal
de estiaje y cuya anchura sea suficiente (aproximadamente 1 m) para evitar su
frecuente obstaculización por piedras.



• Mantener con lecho natural el fondo del vaso de la piscina, pues previene la regularización de la rasante del fondo y su consiguiente pérdida de calado, el incremento
de la velocidad y la desaparición de la vena de estiaje.



• Incluir un paso de peces para su servicio durante el cerramiento temporal del vaso
de la piscina. El diseño con rampas de flujo ascendente facilita los movimientos de
las poblaciones piscícolas al incluir el paso a las piscícolas con menor capacidad de
natación y salto.



• Las obras dentro del cauce no deberán coincidir con la época de freza y el desarrollo
de las puestas, básicamente durante la primavera. Se deberán disponer las ataguías
y bombeos necesarios para evitar lavados del cemento o similar durante los trabajos.

Para más información de la Sección de Pesca, Acuicultura y Coordinación sobre directrices de obras en ríos se remite a la web http://pescayrios.luntaextremadura.es en
el apartado “Planificación y gestión” y “directrices para obras con afección a cursos de
agua”. Respecto a piscinas natura/es se remite a la consulta del documento “Medidas
en piscinas naturales para la compatibilidad con el medio fluvial y la franqueabilidad
piscícola”.