Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060332)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, OA, y la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura para establecer un marco de cooperación en materia de propiedad industrial.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este Convenio es establecer los términos de la colaboración entre la Oficina
Española de Patentes y Marcas, OA, y la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital de la Junta de Extremadura, para difundir la información tecnológica objeto de registro, así como para promover un mayor y mejor conocimiento, protección y observancia de los
derechos de Propiedad Industrial en la Comunidad Autónoma, y llevando a cabo para ello las
actividades de lucha contra la falsificación de derechos de Propiedad Industrial que se consideren oportunas.
Segunda. Obligaciones de la OEPM.
La OEPM se obliga por el presente Convenio a la realización de las siguientes actuaciones:
1. A
 creditar mediante el correspondiente certificado, al Centro designado por la Comunidad Autónoma, como Centro Regional de Información de Propiedad Industrial y dotarlo
de un código identificativo.
2. P
 roporcionar la formación adecuada sobre Propiedad Industrial al personal designado
por la Comunidad Autónoma y sobre aquellos aspectos relacionados que permitan mejorar la competitividad de las empresas regionales. La OEPM facilitará y/o en su caso
colaborará en la realización de actividades de lucha contra la falsificación y de fomento
de la observancia de los derechos de Propiedad Industrial. Asimismo, la OEPM facilitará
información y formación sobre los servicios prestados por la OEPM al personal designado por la Comunidad Autónoma.
3. S
 uministrar copias o acceso a los materiales o herramientas divulgativos de que dispone
en la actualidad o de aquellos que se elaboren en el futuro.
4. A
 poyar a los Centros Regionales de información en los procesos de búsqueda de documentación, estudios de patentabilidad, solicitud de patentes y establecer un mecanismo
de resolución de dudas directo con los responsables del centro regional.
5. A
 plicar un 30% de descuento al precio de los Informes Tecnológicos de Patentes e
Informes de Vigilancia Tecnológica que soliciten los centros incluidos en el ámbito de
aplicación del Convenio, de acuerdo con lo previsto en el apartado Segundo de la orden
IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas.