Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060313)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal y fábrica de pellets de madera, cuyo promotor es Manuel Álvaro Forero, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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plantaciones, conducción es de diversos tipos, porches, vados sanitarios, etc. y cualquier
tipo de cambio de uso de accesos existente o nueva construcción de acceso a terrenos
colindantes con las carreteras, precisan autorización administrativa por parte de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transporte
y Vivienda a través del Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras.
h) Plan de ejecución y acta de puesta en servicio
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS previa audiencia
del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, y con el objeto de comprobar el cumplimiento del condicionado fijado en la AAU, el titular de la instalación deberá presentar a
la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con el inicio de la actividad
y memoria, suscrita por técnico competente, según establece el artículo 34 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
3. E
 n particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la memoria referida en el
apartado h.2 deberá acompañarse de:
a) La documentación relativa a la gestión de los residuos.
b) Los informes de los primeros controles externos de las emisiones a la atmósfera.
c) 
Acreditación de la adecuación de las chimeneas a los requisitos establecidos en la
autorización.
d) El informe de medición de ruidos referido en el artículo 26 del Decreto 19/1997, de 4 de
febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones y certificado de cumplimiento del
Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre y del Decreto 19/1997.
e) E
 n su caso, la autorización de vertidos del órgano de cuenca o el proyecto de construcción de la balsa que justifique el cumplimiento de las prescripciones establecidas en
la autorización respecto a las aguas pluviales y las aguas residuales procedentes del
proceso.
f) La licencia municipal de obras.
g) La acreditación del cumplimiento de las medidas de protección de las aguas superficiales.
h) L
 a acreditación del cumplimiento de las medidas de protección del suelo y de las aguas
subterráneas.