Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060355)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de gestión de residuos no peligrosos, cuya promotora es El Pilar Suministros de Construcción, SL, en el término municipal de Villanueva de la Serena. Expte.: IA22/0539.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024



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–F
 oco 3: Asociado a la emisión de polvo generado por la carga y descarga de residuos
de construcción y demolición reciclados. Este foco de emisión se encuentra incluido
en el grupo (sin grupo), código 09 10 09 52 del Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se recoge en el anexo del Real Decreto
100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas
para su aplicación.



–F
 oco 4: Asociado a la emisión de polvo generada por el tránsito de vehículos. Este
foco de emisión se encuentra incluido en el grupo (sin grupo), código 07 09 02 00
del Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se
recoge en el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se
establecen las disposiciones básicas para su aplicación.

• La actividad se encuentra incluida en el Grupo B según la actualización del Catálogo de
Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera que se recoge en el Real
Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de
combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007. Por tanto,
tal y como establece el artículo 13 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad de
aire y protección de la atmósfera, deberá someterse a autorización de emisiones (trámite
que se incluirá en la autorización ambiental unificada del complejo industrial).
• El incremento de la contaminación de la atmósfera derivado del funcionamiento de la
instalación no supondrá que se sobrepasen los objetivos de calidad del aire establecidos
en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
• Para evitar elevados niveles de emisión de partículas, se procederá al riego sistemático
de las superficies donde se lleve a cabo el manejo de la materia prima o del producto
terminado mediante maquinaria.
• Los camiones que transcurran por el camino de acceso a la parcela de ubicación del proyecto dispondrán de limitación de velocidad con placas indicativas no superando los 30
km/h.
• Se instalarán lonas en los camiones ya que transportarán material generador de polvo,
de forma que se garantice su circulación sin que se produzcan emisiones difusas o pérdida alguna de material.
• Para evitar el polvo que genera el tránsito se asfaltaran los viales de circulación del interior de la planta.