Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060319)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal y elaboración de briquetas, cuya promotora es Francisco Pozo Sánchez, SL, en el término municipal de Oliva de la Frontera.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al
proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal y elaboración de
briquetas, cuya promotora es Francisco Pozo Sánchez, SL, en el término
municipal de Oliva de la Frontera. (2024060319)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 13 de enero de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada
(AAU) otorgada de fecha 11 de junio de 2015 (DOE n.º 126, de 2 de julio de 2015), para una
instalación destinada a la fabricación de carbón vegetal y elaboración de briquetas promovido
por Francisco Pozo Sánchez, SL, en Oliva de la Frontera (Badajoz) con CIF B06339527.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular
en la categoría 4.1 del anexo II, relativa a “Instalaciones para la fabricación de combustibles
sólidos, líquidos o gaseosos, no incluidas en el anexo I”. En el anexo I se incluye un resumen
de la actividad.
Tercero. La actividad se ubica en la localidad de Oliva de la Frontera, concretamente en el paraje de “Helechal”, parcelas 55 y 61, polígono 40, con referencias catastrales 06093A04000055
y 06093A04000061.
Cuarto. El órgano ambiental publica Anuncio de fecha 1 de agosto de 2023 en su sede
electrónica y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 157, de 16 de agosto de 2023),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Quinto. Conforme al procedimiento establecido, en el artículo 16.4, de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado
por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se le solicita al Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, mediante escrito de fecha 31
de julio de 2023, que emita informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada,
a todos aquellos aspectos que sean de su competencia. No se ha recibido informe municipal.