Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2024010001)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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El Título V establece, como años anteriores, una serie de normas relativas a las “Relaciones
económico-presupuestarias con las Corporaciones Locales”.
Dentro del mismo, destacamos la continuidad y consolidación de los Programas de Colaboración Económica Municipal, un medio de financiación adicional al Fondo incondicionado para
las entidades locales de la Comunidad, configurándose como transferencias globales a las entidades locales que representan una importante innovación en materia de gestión de créditos
presupuestarios, ya iniciada en el ejercicio 2021, cual es la eliminación de la condicionalidad
estricta que implica un sistema de financiación de las competencias municipales basado en el
régimen de subvenciones, siendo responsabilidad de los ayuntamientos destinar esos recursos a la finalidad para la que han sido asignados, garantizando con ello una mayor eficiencia
y autonomía de gestión municipal, de conformidad con la Carta Europea de Autonomía Local
y de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal.
Así, con la finalidad de velar por el equilibrio territorial y la realización efectiva del principio
de solidaridad, en las leyes anuales de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma se
establecerá un Fondo incondicionado, que se distribuirá entre los municipios a través de una
cuantía fija y una cuantía variable teniendo en cuenta distintos parámetros como población,
desempleo y renta.
Dichos programas se encuentran previstos en el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero,
para la Garantía de la Autonomía Municipal, previendo un proceso de concertación institucional entre municipios y otras entidades locales con la Junta de Extremadura, vehiculado a
través del Consejo de Política Local de Extremadura, en cuyo seno se determinan los criterios
de distribución de los mismos.
A tal efecto, los Programas de Colaboración Económica Municipal que se establecen en la
presente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024 son los
siguientes:
1. E
 l Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo.
2. E
 l Programa de Colaboración Económica Municipal de Escuelas Infantiles (0-3 años).
3. El Programa de colaboración económica municipal para Servicios de Atención Residencial, de centro de día y de centro de noche, para personas mayores, ya sean autónomas
o con Grado I de dependencia reconocido.
4. El programa de colaboración económica municipal de Servicios Residenciales, centro de
día y centros de noche para personas mayores en situación de dependencia.