Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2024010001)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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a) Una cantidad fija de 22.000 euros, por cada municipio o entidad local menor. Este criterio representa el 20,58 % del total de los recursos del Fondo.
b) Una cuantía adicional de 20.000 euros, para cada municipio o entidad local menor con
una población igual o menor de 2.000 habitantes. Este criterio representa el 14,65 %
del total de los recursos del Fondo.
c) La cuantía resultante de distribuir el porcentaje del 41,77 % del total Fondo en función
de la población relativa del municipio.
d) La población relativa del municipio será el cociente entre su población de derecho y la
del conjunto de municipios.
e) La cuantía resultante de distribuir el porcentaje del 10,00 % del total Fondo en función
de la población menor de 25 años relativa del municipio.
f) La población menor de 25 años relativa del municipio será el cociente entre su población de derecho y la del conjunto de municipios para dicho tramo de edad.
g) La cuantía resultante de distribuir el porcentaje del 8,50 % del total Fondo en función
de la población relativa mayor de 65 años del municipio.
h) La población mayor de 65 años relativa del municipio será el cociente entre su población
de derecho y la del conjunto de municipios para dicho tramo de edad.
i) La cuantía resultante de distribuir el porcentaje del 4,50 % del total Fondo en función
del desempleo.
D
 icha variable se define como el cociente entre el número de desempleados y el número de personas activas existente en cada municipio ponderado por la relación entre el
número de personas activas de cada municipio y el número total de personas activas de
todos los municipios.
A estos efectos se considera como población activa a la población mayor de 16 años y
menor de 65 años.
j) Efectuado el reparto de los apartados anteriores, el resultado se corregirá en función
de la inversa de la renta per cápita de cada municipio, tal como se indica en la formula
siguiente:


Ti = r F ni [1 - (Ri /R)]