Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Escuelas Oficiales De Idiomas. Admisión De Alumnos. (2024060172)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en la modalidad de enseñanza libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2023-2024.
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Lunes 5 de febrero de 2024

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2024, de la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, por la que se convoca la admisión y matriculación
del alumnado en la modalidad de enseñanza libre en las Escuelas Oficiales de
Idiomas para el curso 2023-2024. (2024060172)
Mediante la Orden de 8 de febrero de 2019 de la Consejería de Educación y Empleo, por la que
se regula el proceso de admisión y matriculación del alumnado en la modalidad de enseñanza
libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas (DOE núm. 33, de 18 de febrero), se establecen las
condiciones de acceso y matriculación y se concreta el número de convocatorias anuales para
la obtención de los certificados de competencia general para la modalidad de enseñanza libre,
teniendo en cuenta que por cada alumno o alumna se debe realizar una prueba de evaluación
que incluye las actividades de comprensión de textos orales y escritos, de producción y coproducción de textos orales y escritos y de mediación, y que cada docente solamente puede
atender un número limitado de matriculados.
De acuerdo con su artículo 2 se atribuye a la Secretaría General de Educación, la competencia
para convocar la admisión y matriculación del alumnado, en la modalidad de enseñanza libre,
en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los niveles Básico A2, Intermedio B1 y B2 y Avanzado C1 y C2 de Consejo de Europa, según el Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
El Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en su artículo 3, atribuye a la
Secretaría General de Educación y Formación Profesional el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y supervisión de todas las materias de educación no universitaria reguladas
por la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento
jurídico,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. S
 e convoca la admisión y matriculación del alumnado en la modalidad de enseñanza libre
en las Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2023-2024, que se regirá por lo dispuesto en la Orden de 8 de febrero de 2019 de la Consejería de Educación y Empleo por la que
se regula el proceso de admisión y matriculación del alumnado en la modalidad de enseñanza libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas (DOE núm. 33, de 18 de febrero).