Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040017)
Decreto 9/2024, de 30 de enero, por el que se modifica parcialmente el Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 25
Lunes 5 de febrero de 2024

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El procedimiento de trabajo en que se traduce el proyecto estratégico que están siguiendo
el Banco Mundial y la DG REGIO consiste, en esencia, en establecer tres grandes estándares
de calidad científico técnica de los proyectos, en los que se agrupan después de haber sido
sometidos a una evaluación científica rigurosa y altamente competitiva. Finalmente, el reparto del crédito disponible para la selección final de los proyectos financiables, se realiza entre
aquellos que tienen idéntica calidad científica, mediante un procedimiento puro de sorteo.
Desde la Administración Autonómica, se decidió participar en el proyecto REGIO-WB a través
de una de las líneas de ayuda más relacionadas con el ámbito de la especialización inteligente
y que al mismo tiempo afecte a un universo de potenciales beneficiarios suficiente para que
los criterios y procedimientos de selección de proyectos que se proponen arrojen datos susceptibles de análisis y valoración en términos de eficiencia.
En este contexto, uno de los objetivos que persigue el decreto es el de establecer las condiciones necesarias para que pueda aprobarse la convocatoria de acuerdo con los criterios de
selección de proyectos y procedimiento de selección de beneficiarios que se proponen en el
seno del programa que vienen desarrollando ente la DG REGIO de la Comisión Europea y la
Práctica Global de Finanzas, Competitividad e Innovación (FCI) del Grupo del Banco Mundial.
El Decreto 57/2023, de 24 de mayo, en aras de promover la simplificación y seguridad en su
gestión, incorpora una clausula de redondeo de céntimos de euro al euro más cercano en el
proceso de determinación del importe de subvención a conceder a los beneficiarios resultante
de aplicar la intensidad de ayuda al importe de la inversión subvencionable calculada. En este
sentido, no es infrecuente que la necesidad de efectuar varias operaciones de cálculo para
determinar el importe de subvención o el importe de los distintos pagos en los que se tramita,
provoquen errores en el cómputo de los decimales, que suponen unos retrasos tan importantes como innecesarios en los procesos de reconocimiento y abono de las ayudas.
Sin embargo, el sistema de redondeo de céntimos al euro no se incorporó al procedimiento
para calcular el importe del pago anticipado y de la liquidación final. Esta ausencia, puede
provocar que en el trámite de abono de las ayudas se produzcan los riesgos que se han evitado en el cálculo y por tanto que desaparezcan los beneficios de eficiencia en la gestión, que
se perseguían con el sistema de redondeo. Por tanto, el otro objetivo del presente decreto
es incorporar el procedimiento de redondeo en la determinación del importe del anticipo y la
liquidación en ambos decretos de bases reguladoras.
En cuanto a su contenido, el presente decreto incorpora un solo artículo con ocho apartados, referidos cada uno de ellos a las distintas modificaciones que se incorporan al Decreto
57/2023, de 24 mayo, una disposición transitoria y dos disposiciones finales.