Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040017)
Decreto 9/2024, de 30 de enero, por el que se modifica parcialmente el Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 25
Lunes 5 de febrero de 2024

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DECRETO 9/2024, de 30 de enero, por el que se modifica parcialmente
el Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de
investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas
y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se
aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas
de base tecnológica y startups. (2024040017)
Mediante el Decreto 57/2023, de 24 de mayo, se establecen las bases reguladoras de las
ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups (DOE núm. 116, de 19 de junio). Este decreto constituye
uno de los instrumentos aprobados por la Junta de Extremadura con el objeto de promover
la competitividad de las empresas extremeñas, basado en el fomento de proyectos de investigación industrial y el desarrollo experimental realizados por empresas y que contribuye al
incremento de las inversiones privadas en especialización inteligente.
En cuanto al sistema de selección de los proyectos que concurren a las convocatorias, el
artículo 10 de citado decreto, relativo al procedimiento de concesión de las ayudas, establece que: “Las ayudas reguladas en este decreto se tramitarán en régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatoria periódica” y asimismo, que: “La concesión de las ayudas
se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una
prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración a los que se refiere el
artículo 16 de este decreto. Su adjudicación se realizará, con el límite del crédito disponible
fijado en la convocatoria, a aquellos proyectos que hayan obtenido mayor valoración en la
aplicación de los citados criterios”.
Por su parte, la Dirección General de Política Regional y Urbana (DG REGIO) de la Comisión
Europea y la Práctica Global de Finanzas, Competitividad e Innovación (FCI) del Grupo del
Banco Mundial colaboran en un proyecto estratégico para mejorar la eficacia de las inversiones en especialización inteligente en la Unión Europea (UE).
Como parte de esta colaboración, el Banco Mundial está apoyando a los equipos de los proyectos seleccionados y a las autoridades/agencias públicas para diseñar e implementar evaluaciones de impacto rigurosas de sus intervenciones de política pública vinculadas a la especialización inteligente en las áreas de emprendimiento, innovación y competitividad. Se espera
que los equipos lleven a cabo una evaluación de impacto rigurosa en una de las siguientes
áreas políticas relacionadas con la especialización inteligente: (a) Iniciativa empresarial/Creación de empresas, (b) Innovación/Adopción de tecnología, y/o (c) Capacidad de gestión/
Desarrollo de competencias.