Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060295)
Resolución de 21 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de urbanización del Sector SUB-CC-9.2.2 del Plan General Municipal de Badajoz, cuya promotora es la Agrupación de Interés Urbanístico Caya 1, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA23/434.
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NÚMERO 24
Viernes 2 de febrero de 2024

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zadas de Extremadura (CREAE) (Decreto 78/2018, modificado por el Decreto 37/2001) o
incluidos en el anexo II de la Directiva Hábitat. No se prevé que la ejecución del proyecto
de urbanización propuesto pueda afectar de forma apreciable a ningún valor ambiental
ni a espacios de la Red Natura 2000, objeto del presente informe, resultando compatible
con lo establecido en el Plan de Conservación del Hábitat del Águila Perdicera (Hieraaetus
fasciatus) en Extremadura. Informa favorablemente el proyecto de urbanización del Sector
SUB-CC-9.2.2 del Plan General Municipal de Badajoz, ya que no es susceptible de afectar
de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones
significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas
indicadas.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que, a la vista de la actual clasificación
de los terrenos afectados como Suelo Urbanizable, se informa que este Servicio no tiene
competencias en dichos terrenos, al no tener actualmente la consideración de monte o terreno forestal, en base a la legislación vigente. Es todo cuanto cabe informar tras estudiar
la documentación recibida.
El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio informa que, no existen Proyectos de Interés Regional en vigor afectados
por el proyecto de urbanización, ni existen Planes Territoriales en vigor ni en tramitación
en cuyo ámbito territorial se incluya el municipio de Badajoz. Se informa favorablemente,
acerca de la compatibilidad del proyecto de urbanización con el planeamiento territorial
vigente. No se observan, desde el punto de vista de la ordenación del territorio, efectos
ambientales significativos derivados del proyecto de urbanización, más allá de los ya considerados en el documento ambiental del mismo.
El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio
indica que en el término municipal de Badajoz se encuentra actualmente vigente el Plan
General Municipal y el Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Badajoz aprobado
definitivamente por Resolución de 7 de noviembre de 2007, del Consejero, publicado en
el DOE n.º 136 de 24 de noviembre de 2007. Los proyectos de urbanización se regirán
por lo establecido en la sección 3ª del capítulo 5 del título IV de la Ley 11/2018, de 21
de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura siendo su
autorización competencia exclusiva del municipio.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que no se
aprecia obstáculo para continuar la tramitación del expediente teniendo en cuenta las siguientes consideraciones respecto al patrimonio arqueológico: La zona de actuación incluye parte del yacimiento arqueológico Granja de Céspedes (YAC57076) de acuerdo con la
Carta Arqueológica del término municipal de Badajoz. Por dicha razón, con carácter previo