Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024060059)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Jueves 1 de febrero de 2024

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9. La resolución de concesión no agota la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes en el plazo de un mes desde su notificación, sin perjuicio de que la entidad inte­
resada pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente.
Decimotercero. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Con carácter general, las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones que se es­
tablecen en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como las contenidas en las
bases reguladoras, en la presente resolución de convocatoria, y en la normativa legal y regla­
mentaria aplicable a las subvenciones públicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y en particular:
1. A
 ceptar la ayuda concedida en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la reso­
lución de concesión; la ayuda se entenderá tácitamente aceptada una vez transcurrido
el citado plazo sin que se haya producido manifestación expresa.
2. E
 n el caso de que la actuación subvencionada sea una obra, entregar en la Dirección
General de Jóvenes y Deportes el Proyecto de Ejecución de la Obra, (en base a las ins­
trucciones establecidas en el anexo VI), en el plazo de 20 días hábiles desde el de la
notificación de la Resolución de concesión al objeto de su supervisión. Si la entidad no
recibe comunicación por escrito en el plazo de 20 días hábiles desde su recepción por
parte de la Dirección General de Jóvenes y Deportes, podrá considerar que la supervi­
sión del Proyecto presentado ha sido favorable.
Además, si la actuación fuese para obra de nueva construcción, se deberá remitir infor­
me sobre la adecuación del proyecto a la Normativa sobre Instalaciones Deportivas y de
Esparcimiento (NIDE), aprobada por el Consejo Superior de Deportes, al menos en lo
que se refiere a las condiciones reglamentarias que deben considerarse en la construc­
ción y gestión de instalaciones deportivas.
En el caso de que la obra esté asociada a la línea de subvención de Accesibilidad será
obligatorio remitir Informe de la OTAEX sobre la idoneidad de la solución propuesta para
llevar a cabo la actuación subvencionable, indicado en el resuelvo octavo, apartado 4.k
de esta convocatoria, cuyas medidas deberán estar contempladas en el Proyecto de
Ejecución de la Obra entregado.
3. C
 umplir el objetivo, ejecutar el proyecto presentado, realizar la actividad que funda­
menta la concesión de la subvención en el plazo, forma, términos y condiciones esta­
blecidas en las bases reguladoras, en la presente resolución de convocatoria y en la
resolución de concesión.