Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024060059)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 23
Jueves 1 de febrero de 2024

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2. L
 a puntuación mínima que debe obtener la solicitud para que la entidad pueda ser benefi­
ciaria de la ayuda será de 40 puntos.
Decimosegundo. Ordenación, instrucción y resolución.
1. El órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento de concesión de
subvenciones será la Dirección General de Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura,
que llevará a cabo de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la pro­
puesta de resolución, una vez visto el expediente y el informe de la Comisión de Valoración.
2. El órgano competente para la resolución del procedimiento es la persona titular de la Se­
cretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de
Extremadura, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. F
 inalizada su labor, la Comisión elaborará un Informe de Valoración, que tendrá carácter
vinculante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, del que no podrá separarse el órgano Instructor en su Propuesta de Resolución.
En este Informe se incluirán, en listas separadas por cada línea de subvenciones, aquellas
solicitudes que hayan obtenido una mayor valoración y el importe de la ayuda que, una vez
aplicada la tabla establecida en el resuelvo sexto, apartado 1 de la presente convocatoria,
corresponde a cada una, hasta agotar la financiación prevista en la convocatoria para cada
línea.
4. L
 os empates que puedan surgir en cada línea de subvenciones se resolverán en favor de la
solicitud que haya obtenido una mayor valoración en el criterio establecido en el apartado
1.A del resuelve undécimo (valoración de la entidad solicitante) y, en caso de persistir el
empate, en favor de la puntuación obtenida en el subcriterio a) de este apartado (importe
de la ayuda que la entidad beneficiaria haya recibido de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones depor­
tivas durante los últimos cuatro años). De continuar el empate, se resolverá en favor de la
entidad solicitante con un menor número de habitantes. Finalmente, de persistir el empate
se resolverá por sorteo.
5. E
 n cada línea de subvenciones se formará una lista de espera con aquellas solicitudes
que, habiendo alcanzado al menos 40 puntos, no hayan sido inicialmente seleccionadas
por haberse agotado el crédito disponible. Estas solicitudes podrán ser seleccionadas sin
necesidad de una nueva valoración si, con posterioridad a la resolución de la convocatoria,
no se aceptase alguna ayuda, se produjere alguna renuncia o, por cualquier causa, devi­
niere imposible la ejecución de la actuación subvencionada. Los llamamientos se realizarán