Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060215)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Iberdrola España para la realización de un Programa de Inmersión Lingüística dirigido al Profesorado de Extremadura.
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NÚMERO 21
Martes 30 de enero de 2024

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o que se contengan en el mismo, o que en su virtud se faciliten a la Fundación Iberdrola
España o se asuman frente a ésta por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Junta de Extremadura,
En el caso de terminación por incumplimiento de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, habrá de reparar los daños y perjuicios que
hubiere causado a la Fundación Iberdrola España.
Duodécima. Confidencialidad.
Sin perjuicio de la obligación de difusión a que se refiere la estipulación cuarta anterior, las
Partes se obligan a observar estricta reserva y confidencialidad sobre toda la información que,
con ocasión del presente Convenio, reciban de la otra Parte. Dicha obligación se extiende a
cuantas personas o empresas se contraten por cualquiera de las Partes para la ejecución del
presente Convenio, a cuyo efecto las Partes se obligan a poner en conocimiento y exigir de las
mismas el cumplimiento de idéntica obligación de confidencialidad.
Decimotercera. Protección de Datos Personales.
A efectos del presente Convenio, se entenderá por “datos personales” toda información guardada, procesada o transmitida por las Partes, relativa a una persona identificada o identificable, así como cualquier otro significado de acuerdo con la legislación aplicable en materia de
protección de datos personales.
Los datos personales de los representantes de las Partes, así como del resto de personas
de contacto que puedan intervenir en el Convenio serán tratados, respectivamente, por las
Partes, que actuarán, de forma independiente, como responsables del tratamiento de los
mismos. Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones
contenidas en el Convenio. La base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al Convenio,
así como cumplir con las obligaciones legales de las Partes.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación establecida en el Convenio y, una
vez finalizada esta, debidamente bloqueados, hasta la prescripción de las posibles acciones
legales aparejadas. Los datos serán tratados únicamente por las partes y aquellos terceros a
los que aquellas estén legal o contractualmente obligados a comunicarlos.
Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite
el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad de sus
datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las partes, a través de las direcciones indicadas en el Convenio y, en el caso de la Fundación Iberdrola España, dirigiéndose a