Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060255)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de fábrica de aderezo y balsas de evaporación de aguas oleosas, cuya promotora es Aceitunas Aguedo, SL, en el término municipal de La Albuera.
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NÚMERO 19

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Viernes 26 de enero de 2024

2. L
 a actividad generará los siguientes residuos peligrosos:
Cantidad anual
Generada (kg/
año)

Destino

Aceites minerales no cloraOperaciones de mandos de motor, de transmi13 02 05*
tenimiento
sión mecánica y lubricantes

1

Gestor Autorizado
de Residuos

Residuos sólidos que contie- Derrames y Manteni15 02 02*
nen sustancias peligrosas
miento de Equipos

5

Gestor Autorizado
de Residuos

Operaciones de man16 01 07*
tenimiento

1

Gestor Autorizado
de Residuos

Tipo de residuo

Filtros de aceite

Origen

LER

(1)

3. La generación de cualquier otro residuo no mencionado deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada
que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
4. E
 l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión
y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los
residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se lleve a
cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
5. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en
cada momento.
6. Los residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
7. N
 o se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peligrosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
8. L
 os residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
que los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.
Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.