Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024080100)
Anuncio de 18 de enero de 2024 por el que se da publicidad de las asociaciones beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2023 al amparo del Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 19
Viernes 26 de enero de 2024

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Siendo los valores máximos de subvención por asociación:
—
Para los gastos comprendidos dentro de la gestión de libros genealógicos será de
80.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de implantación y desarrollo del
programa de mejora será de 50.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de los programas de difusión de
la mejora será de 30.000,00 euros.
Estas ayudas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
en un 75%, dentro del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 dentro de la intervención 6505.2
- Actividades de conservación de recursos genéticos NO SIGC, siendo el resto cofinanciado por
la Junta de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, tal y como se establece en el apartado 8 de la disposición adicional única del Decreto 260/2023, de 3 de octubre.
El artículo 8 del citado decreto indica que las subvenciones concedidas serán publicadas en
el DOE y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y
crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades
de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal Electrónico de
Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21
de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se procede a publicar en el listado anexo la
relación de asociaciones beneficiarias indicando la ayuda concedida a cada una y cuya finalidad es subvencionar los gastos comprendidos dentro de la gestión de libros genealógicos,
de actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora y gastos de actuaciones
de los programas de difusión de la mejora para el ejercicio 2023 por un importe total de un
millón doscientos cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta y tres euros con cuarenta y siete
céntimos (1.248.243,47 €) financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000
G/312B/47000 FR23700502 20230335.
Mérida, 18 de enero de 2024. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ MARÍA
GUERRERO PÉREZ