Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2024AC0008)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 26 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Oliva de la Frontera para redelimitar la unidad de ejecución UE-11 y reubicar el dotacional 21 dentro de la nueva redelimitación.
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Viernes 26 de enero de 2024

En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA:
1. A
 probar definitivamente el expediente epigrafiado.
2. P
 ublicar este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica y en el
portal de transparencia de la Junta de Extremadura (artículos 57.5 y 57.7 de la LOTUS).
Como anexo I al acuerdo se publicará la normativa urbanística afectada resultante de la
aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo
7/2015, también se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo, en el que, con la identificación de la empresa o técnico redactor del proyecto y su
correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recojan las características
esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus posibles
aspectos ambientales.
Y como anexo III se publicará el certificado del responsable del Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en el que se hará constar la fecha y
n.º de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado
(artículo 57.6 de la LOTUS).
VI. Subsanación de deficiencias.
D
 e acuerdo con lo establecido en el artículo 70.3.b del RGLOTUS y con carácter previo a la
publicación de este acuerdo, el Ayuntamiento deberá:
1. A
 portar refundido de conformidad con lo previsto en el artículo 60.3.e del RGLOTUS,
que deberá incorporar la ficha urbanística, así como las normas urbanísticas afectadas
en soporte digital y formato editable, que facilite su publicación.
Tanto en la ficha a aportar como en el articulado afectado (artículo 131) se deberá indicar la superficie total de la unidad de actuación UA-11 resultante, que se deberá recoger
también en la Memoria de la modificación.
2. Aportar el resumen ejecutivo en soporte digital y formato editable que facilite su publicación, en el que, con la identificación de la empresa o técnico redactor del proyecto y
su correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recojan las características
esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus posibles
aspectos ambientales.