Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060181)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Nexwell Power España Management, Sociedad Limitada, para la instalación de una solución renovable en el Instituto de Educación Secundaria San Roque de Badajoz.
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NÚMERO 18

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Jueves 25 de enero de 2024

venio, así como su cesión a terceros, garantizando todas sus partes su efectivo y escrupuloso
respeto, así como la de sus empleados, colaboradores, agentes y/o representantes de cualquier clase, las obligaciones aquí asumidas y las derivadas de la legislación vigente en materia
de protección de datos.
De igual forma y en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente de Protección de
Datos las partes quedan informadas de que los datos personales facilitados o proporcionados
entre éstas como consecuencia de la firma del presente convenio de colaboración, incluidos
los datos de los firmantes, apoderados, representantes legales y empleados que, en su caso,
participen en el presente convenio de colaboración, serán para la adecuada gestión del Convenio, así como las funciones propias de cada una de las partes y su uso a efectos estadísticos.
Las partes quedan informadas de que, en relación a estos datos personales recogidos como
consecuencia de la firma del convenio de colaboración, los titulares de los mismos podrán
ejercitar sus derechos de portabilidad, acceso, rectificación, oposición, cancelación y limitación que procedan, por escrito, acreditando su identidad en las direcciones recogidas en el
encabezamiento del presente convenio de colaboración.
Las partes convienen que el incumplimiento del deber de confidencialidad y protección de datos establecidos en la presente Cláusula tiene la condición de causa de resolución del convenio
de colaboración.
Decimotercera. Notificaciones.
Todas las notificaciones que cualquiera de las partes deba dirigir a la otra, de conformidad con
las condiciones establecidas en el presente convenio se efectuarán por escrito y se enviarán
de forma que se tenga la seguridad de que han llegado a su destino, no pudiendo alegar las
partes remisión de las comunicaciones que no pueda demostrar que hayan sido efectivamente
recibidas por la parte destinataria.
En prueba de conformidad, las partes ratifican y firman el presente documento en la fecha y
lugar arriba indicados.

La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera,
DOE núm. 156, de 14/08/2023).
El Secretario General,
(PS, Resolución de 6/11/2023,
DOE núm. 214, de 8/11/2023).
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA

El representante legal de Nexwell Power
España Management, Sociedad Limitada,
D. FRANCISCO DE BORJA MORAGUES
MIÑANA