Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060165)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 120,1659 ha de viña y olivar en la finca "Palomarejo" mediante concesión de aguas superficiales del Canal de Lobón", en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/0393.
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NÚMERO 15
Lunes 22 de enero de 2024

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En su informe, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica
que el área de actuación está dentro del área de distribución del águila perdicera según
su plan de conservación. Sin embargo, los cultivos leñosos no son hábitat adecuado.
También señala que existe una cita de un bando de 3 machos de avutarda a 100 m al
sur de las parcelas de actuación en el invierno de 2016, pero el cultivo leñoso aledaño
que se pretende poner en rego ya estaba instalado cuando se registró la cita.
Teniendo en cuenta las medidas planteadas por el promotor del proyecto y las medidas
incluidas en la presente declaración de impacto ambiental, se considera que el impacto
generado por las actuaciones será compatible con la fauna silvestre.
En cuanto a la flora, cabe indicar que no existe vegetación natural en el interior de las
parcelas con el cultivo implantado, aunque se puede reseñar la presencia de vegetación
natural ligada al cauce del arroyo Valdelagrana que atraviesa la zona de actuación,
aunque es de escasa entidad, incorporándose medidas para la protección de la misma
y de la vegetación natural existente en las lindes.
En cuanto a la flora, cabe indicar que no existe vegetación natural en el interior de las
parcelas con los cultivos ya implantados y que se pretende transformar en regadío, salvo la vegetación herbácea anual, más abundante, sobre todo, en las márgenes del cauce del arroyo Valdelagrana que atraviesa la zona. No obstante, se incorporan medidas
para el fomento de la vegetación natural en las lindes y el mantenimiento de cubierta
vegetal entre las calles de olivos y viñas.
Aplicando las medidas establecidas en los informes recibidos en el periodo de consultas, las cuales han sido aceptadas por el promotor, se considera que los posibles impactos sobre la flora, la vegetación y los hábitats naturales serán compatibles con las
actuaciones proyectadas, lo cual es ratificado por el informe emitido por el Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas (CN22/2060/03), se considera que
la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o
hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en su informe.


C.2.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

El área de estudio se sitúa en la cuenca hidrográfica del Guadiana. El arroyo Valdelagrana y varios arroyos tributarios de éste, discurren por el interior de la zona de actuación,
parte de la balsa de almacenamiento proyectada estaría en zona de policía del arroyo
Valdelagrana. Estos cauces constituyen el DPH del Estado. La superficie de riego se ubicaría fuera de la zona Regable de Lobón, aunque adyacente a la acequia perteneciente
a dicha Zona Regable de la que se pretende obtener el agua solicitada para el riego.