Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Habilitación Profesional. (2024060164)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establece el calendario de exámenes a celebrar durante el año 2024 para la obtención de los carnés y habilitaciones profesionales en distintas especialidades de instalador, mantenedor, reparador y operador, reguladas en los reglamentos de seguridad industrial en vigor.
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NÚMERO 14
Viernes 19 de enero de 2024

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— Documento acreditativo de la mayoría de edad del solicitante (copia compulsada DNI,
pasaporte, etc.).
Operador de grúa móvil autopropulsada. Categoría A:
1. R
 equisitos para el acceso al examen.
Para poder acceder al examen para la obtención del carné profesional de Operador de
Grúa Móvil Autopropulsada Categoría A, las personas físicas deben acreditar las siguientes
condiciones:
a. Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
b. Tener cumplidos 18 años en el momento de realizar la solicitud del curso que se cita en
el apartado c.
c. La superación de un curso teórico-práctico impartido por una entidad acreditada por el
órgano competente de la Comunidad Autónoma.
2. Examen:
Examen sobre los contenidos mínimos establecidos en el apartado 4 del anexo VII de la
Instrucción Técnica Complementaria “MIE-AEM-4”, del Real Decreto 837/2003, de 27 de
junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica
complementaria “MIE-AEM-4” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención,
referente a grúas móviles autopropulsadas (BOE núm. 170, de 17 de julio de 2003) y modificaciones posteriores.
3. D
 ocumentación que deberá acompañar a la solicitud:
— Justificante del abono de tasas por derecho de examen.
— Fotocopia compulsada del título graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente (Ver anexo IV para equivalencias al Título de Graduado en ESO).
— Fotocopia compulsada del diploma acreditativo de haber superado un curso teóricopractico, impartido por una entidad reconocida para ello por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Extremadura, con el contenido y duración mínimos establecidos en el apartado 4 del anexo VII a la instrucción técnica complementaria
(ITC) “MIE-AEM-4” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente
a grúas móviles autopropulsadas, aprobada mediante el Real Decreto 837/2003, de 27
de junio (BOE núm. 170, de 17 de julio de 2003) y modificaciones posteriores.