Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060123)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuya titular es Mohedas de Hinojosa, SL, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.
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Jueves 18 de enero de 2024

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ción analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo.
Con fecha 18 de enero de 2023, se recibe informe favorable firmado por el técnico municipal
del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en el que se concluye que el proyecto es “Compatible con la normativa de competencia municipal que le es de aplicación”.
Sexto. Durante el procedimiento de tramitación de la autorización ambiental unificada se
solicitó informe a:
— Al Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad, el cual informó favorablemente la actividad, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se
prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se
cumplan las medidas recogidas a continuación. La actividad solicitada no se encuentra
incluida dentro la Red de Áreas Protegidas de Extremadura:


1. S
 e vigilará que la carga ganadera no altere el estado de la dehesa y los hábitats presentes en la zona. Se ha de estar especialmente atento a síntomas como la presencia
de una escasa cobertura de herbáceas al final del verano, la sobreabundancia de
especies nitrófilas (hierbas de hoja ancha, cardos…), la evidencia de que los renuevos de especies arbóreas (encinas, alcornoques) están muy ramoneadas o signos de
erosión hídrica. Estos indicios pueden indicar un sobrepastoreo que conllevaría a un
deterioro severo y a largo plazo en la dehesa.



2. En la gestión de purines se estará en lo dispuesto en la normativa aplicable, se deberá tener en cuenta que su aplicación sólo se realizará en tierras agrícolas, y nunca
en zonas de pastizales, en cualquier caso, se tendrán en cuenta criterios de conservación de aves esteparias, debiendo quedar excluidas de la aplicación de purines las
superficies clasificadas como Zona de Interés Prioritarios en ZEPAs por su interés
para la conservación de estas especies (según se recoge en el Plan Director de la Red
Natura 2000 en Extremadura), así como el entorno de las zonas húmedas. Para ello,
se pondrán en contacto con el agente del medio natural de la zona para informarse
al efecto.



3. En el caso de mantener las fosas de purines abiertas, para facilitar la salida de los
animales que pudieran caer accidentalmente en ellas y morir ahogados, se construirán rampas interiores con material rugoso de, al menos, 50 cm de ancho y un máximo de 30.º de inclinación y pegadas a la pared de la fosa. Podrán ser de obra fija