Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060097)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (en la actualidad Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda) de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024



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2. L
 a Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana se compromete a facilitar al interlocutor técnico de la Diputación Provincial el acceso a la
información de la actividad desarrollada por cada oficina en el ámbito del convenio,
de forma que se pueda establecer un marco de trabajo por objetivos, que permita
evaluar en el último trimestre de cada año la ejecución del convenio y, llegado el
caso, adoptar las medidas correctoras que se consideren necesarias para garantizar
un funcionamiento ágil y homogéneo de oficinas técnicas comarcales de vivienda
adscritas al convenio, a la vez que la mayor eficiencia posible en el gasto público y la
mayor repercusión en el territorio.



3. A
 mbas Administraciones se comprometen a promover conjuntamente actuaciones
específicas de formación del personal adscrito al Convenio. La Diputación Provincial
de Cáceres se compromete a incluir la actividad o actividades formativas necesarias
en su Plan de Formación, cuyo contenido específico, calendario y objetivos se acordará conjuntamente por ambas Administraciones”.

Ambas partes se comprometen a elevar tales acuerdos a sus respectivos órganos de gobierno, iniciándose así la tramitación, aprobación y publicación de la correspondiente adenda al
convenio, en los términos pactados.
En virtud de cuanto antecede, ambas Administraciones deciden suscribir la presente adenda
al convenio formalizado, el cual se regirá por las siguientes,
ESTIPULACIONES
Primera. De conformidad con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y al amparo de lo establecido en la estipulación octava del
convenio de encomienda de gestión para la realización de actividades de carácter material
y técnico a través de las oficinas técnicas comarcales de vivienda, formalizado el 29 de diciembre de 2021, se prorroga la vigencia de este desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de
diciembre de 2024.
Segunda. Se incorpora a la estipulación tercera del convenio, un nuevo apartado 1.6 que
expresará el siguiente literal:
“1.6. Programa de ayuda estatal “Bono Alquiler Joven”, regulado en el Real Decreto
42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal
para el acceso a la vivienda 2022-2025”.
Respecto de los procedimientos de concesión de la ayuda estatal “Bono Alquiler Joven”, las
Oficinas Técnicas Comarcales desarrollarán las actividades de carácter material o técnico
señaladas en el apartado 2 de la estipulación tercera del convenio.