Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024
3865
to, así como de los justificantes bancarios acreditativos de sus pagos. No se entenderán
justificados los gastos, en el caso de que las facturas que los sustentan no hayan sido
abonadas íntegramente mediante pagos bancarios. Del mismo modo, los gastos subvencionables en los que haya incurrido la empresa beneficiaria deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación
o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que
se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
d. J ustificación documental que acredite el cumplimiento de requisitos de publicidad exigidos en la resolución individual.
E
n el caso en el que la empresa beneficiaria no autorice expresamente en el formulario
de solicitud de liquidación a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:
e. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
f. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social.
g. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Financiación de las ayudas.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplicación
presupuestaria 14004.323A.77000, Proyecto de Gasto 20240060 CONSOLIDAPYME. Programa para la consolidación y crecimiento de las PYMES por un importe de 4.000.000 euros,
distribuidos en 2.750.000 con cargo a la anualidad 2024 y 1.250.000 euros con cargo a 2025.
La financiación de las presentes ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcentaje de cofinanciación del 85% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 20212027, dentro del Objetivo Político 1 “una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo
una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las
tecnologías de la información y de las comunicaciones”; Prioridad 1.A “Transición Digital e Inteligente” y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad
de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.
Jueves 18 de enero de 2024
3865
to, así como de los justificantes bancarios acreditativos de sus pagos. No se entenderán
justificados los gastos, en el caso de que las facturas que los sustentan no hayan sido
abonadas íntegramente mediante pagos bancarios. Del mismo modo, los gastos subvencionables en los que haya incurrido la empresa beneficiaria deberán haber sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación
o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que
se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
d. J ustificación documental que acredite el cumplimiento de requisitos de publicidad exigidos en la resolución individual.
E
n el caso en el que la empresa beneficiaria no autorice expresamente en el formulario
de solicitud de liquidación a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:
e. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
f. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social.
g. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Financiación de las ayudas.
El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a la aplicación
presupuestaria 14004.323A.77000, Proyecto de Gasto 20240060 CONSOLIDAPYME. Programa para la consolidación y crecimiento de las PYMES por un importe de 4.000.000 euros,
distribuidos en 2.750.000 con cargo a la anualidad 2024 y 1.250.000 euros con cargo a 2025.
La financiación de las presentes ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcentaje de cofinanciación del 85% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 20212027, dentro del Objetivo Político 1 “una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo
una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las
tecnologías de la información y de las comunicaciones”; Prioridad 1.A “Transición Digital e Inteligente” y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad
de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.