Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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Jueves 18 de enero de 2024

Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa es coherente con
el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido
en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, sustanciándose en el procedimiento los correspondientes trámites de consulta pública y presentación de sugerencias, así como de audiencia e información pública, en orden a que cualquier
persona física o jurídica, pudiera examinar y alegar lo que estimase oportuno.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta norma, estableciendo criterios objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de estas subvenciones,
persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía, Empleo
y Transformación Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de fecha 27 de diciembre de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El objeto de este decreto es establecer las bases reguladoras de las ayudas para la puesta en
marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la Consolidación y Crecimiento de la
Pyme extremeña a través de su Mejora Competitiva, mediante la financiación de proyectos
empresariales relacionados con la optimización de los procesos productivos, la implantación
y certificación de normas y sistemas de gestión, la implementación de herramientas tecnológicas avanzadas, la transición de los procesos y productos a la economía verde y circular y el
diseño de nuevos productos, envases y embalajes innovadores.
Artículo 2. Régimen comunitario de las ayudas.
Las ayudas establecidas en el presente decreto tendrán la consideración de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Aquellos solicitantes que hayan recibido, o solicitado, ayudas de minimis en los tres últimos
ejercicios fiscales por cualquier otro proyecto y Administración pública deberán presentar
junto con la solicitud declaración responsable que recoja los datos de las mismas que se incor-