Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024



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b. 20.000 euros si el nivel de empleo está en un intervalo entre un número mayor
de 10 trabajadores y 20 trabajadores.



c. 25.000 euros si el nivel de empleo es superior a 20 trabajadores.

d. ECOPYME: Transición de los procesos y productos de las empresas a la economía verde
y circular.


1. Tendrán carácter subvencionable la ejecución de proyectos, realizados por consultoras especializadas, orientados a mejorar la sostenibilidad de las empresas y la
optimización en la gestión de sus recursos, productos y residuos, contemplando para
ello en el análisis y desarrollo del proyecto los siguientes objetivos:



a. Reducir el consumo en el proceso productivo de materias primas, y cualquier otro
tipo de recurso productivo, incluidos los energéticos.



b. Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los
mismos, y/o facilitar su reutilización y/o reciclaje.



c. Utilizar subproductos en el proceso productivo en sustitución de materias primas.



d. I dentificar oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de
productos y los servicios de retorno de productos usados con el fin de reutilizarlos.



e. Valorizar residuos que actualmente no se están valorizando o aumentar el rendimiento de los procesos de valorización.



f. R
 ecuperar recursos a través de la minería de vertederos.



g. El estudio objeto de subvención deberá contener obligatoriamente propuestas de
actuación concretas y cuantificadas económicamente, así como una clara previsión de los resultados ambientales de su aplicación.



2. P
 ara alcanzar la condición de beneficiarios las empresas solicitantes deberán desarrollar una actividad cuyo CNAE corresponda al Grupo C Industria Manufacturera o al
Grupo D Construcción, y además deben disponer de una plantilla media de, al menos
10 trabajadores contratados por cuenta ajena, conforme a lo señalado en el artículo
4.2 del presente decreto.



3. S
 e considerarán subvencionables:



a. Gastos de colaboraciones externas, por parte de consultoras, centros tecnológicos
o cualquier entidad especializada en la materia objeto del proyecto, lo cual debe