Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2023040389)
Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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Artículo 10. Documentación a presentar.
1. J unto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación:
1.1. Memoria del Proyecto para subvencionar, conforme al contenido mínimo que se establezca en las convocatorias, y en la que la empresa solicitante deberá describir de manera personalizada, clara y detallada cuál es su situación actual, así como los objetivos a
alcanzar, debiendo justificar que el proyecto a realizar se adapta a su estructura, tipo de
actividad, dimensión y procesos con los que opera.
Adicionalmente, excepto para proyectos acogidos a las líneas de implantación y certificación de normas y sistemas de gestión y de diseño de nuevos productos, envases y
embalajes, la empresa deberá poner de manifiesto en la memoria cual es la problemática
concreta que pretende abordar, cuáles son los procesos sobre los que se va a centrar la
solución planteada, como se gestionan actualmente esos procesos y cuáles son las principales deficiencias que se pretenden resolver, así como cuales son las herramientas tecnológicas de que la empresa ya dispone y como las mismas, en su caso, van a interactuar
con la aplicación propuesta. La falta de concreción y justificación personalizada supondría
la desestimación de la ayuda solicitada.
1.2. Informe de auditoría previa para proyectos acogidos a la línea de diseño de nuevos
productos, envases y embalajes, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.e del
presente decreto.
1.3. Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que pretenda llevar a cabo la
entidad solicitante de la ayuda, desglosadas por conceptos e importes. Si el proyecto contempla los gastos de auditoria conforme a lo establecido en el artículo 5.1.e.5., se deberá
presentar para ese tipo de concepto facturas en firme.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de contratos del sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar
como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación
de la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o
suministren.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica
más ventajosa.