Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Rehabilitación. Ayudas. (2024040008)
Anuncio de modificación del Extracto del Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024
3900
ANUNCIO de modificación del Extracto del Decreto 71/2022, de 8 de junio,
por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a
las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el
marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan
los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda
social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la
primera convocatoria. (2024040008)
BDNS(Identif.):636243
El Decreto 71/2022, de 8 de junio, establece las bases reguladoras del Programa de ayuda a
las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia
de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el DOE n.º 126,
de 1 de julio de 2022 el extracto del mencionado decreto y de la primera convocatoria, cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Habiéndose modificado dicha convocatoria en lo que se refiere a los beneficiaros de las mencionadas subvenciones con el fin de acometer actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
no sólo en el ámbito natural de este programa, centros históricos y tradicionales de los núcleos de población, sino en otras áreas que acumulan un elevado grado de obsolescencia tanto
de los edificios como de los elementos de urbanización pese a que son áreas de expansión.
En particular, en aquellas localidades de más de 50.000 habitantes, de conformidad con lo
previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se publica la siguiente modificación del Extracto de 1 de julio de 2022 en
los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado primero “Objeto”, que queda redactado como sigue:
“El programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, tiene como
objeto financiar la realización de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante
residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos
Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) de acuerdo con los requisitos exigidos
Jueves 18 de enero de 2024
3900
ANUNCIO de modificación del Extracto del Decreto 71/2022, de 8 de junio,
por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a
las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el
marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan
los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda
social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la
primera convocatoria. (2024040008)
BDNS(Identif.):636243
El Decreto 71/2022, de 8 de junio, establece las bases reguladoras del Programa de ayuda a
las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia
de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el DOE n.º 126,
de 1 de julio de 2022 el extracto del mencionado decreto y de la primera convocatoria, cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Habiéndose modificado dicha convocatoria en lo que se refiere a los beneficiaros de las mencionadas subvenciones con el fin de acometer actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
no sólo en el ámbito natural de este programa, centros históricos y tradicionales de los núcleos de población, sino en otras áreas que acumulan un elevado grado de obsolescencia tanto
de los edificios como de los elementos de urbanización pese a que son áreas de expansión.
En particular, en aquellas localidades de más de 50.000 habitantes, de conformidad con lo
previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se publica la siguiente modificación del Extracto de 1 de julio de 2022 en
los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado primero “Objeto”, que queda redactado como sigue:
“El programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, tiene como
objeto financiar la realización de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante
residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos
Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) de acuerdo con los requisitos exigidos