Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024060081)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
80 páginas totales
Página
NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024
3409
General, entre otras, las funciones y servicios asumidos por la Junta de Extremadura en
materia de Colegios Profesionales.
2. Competencia de resolución.
La competencia para resolver las solicitudes de inscripción corresponde a quien ostenta la
titularidad de la Consejería competente en materia de Colegios Profesionales, competencias que han sido atribuidas a la actual Consejería de Hacienda y Administración Pública
en virtud de lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el
que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, número 140, de 21-072023) en relación con el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (DOE, extraordinario número 3, de 16-09-2023).
Por todo ello, vista la Propuesta de resolución, de 21 de diciembre de 2023, emitida por la
Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, el previo informe –favorable– de legalidad emitido, el 19 de diciembre de 2023,
así como los antecedentes de hecho, la normativa aplicable y los fundamentos de derecho
que anteceden, en uso de las competencias atribuidas a la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO
Primero. Declarar conforme a la legalidad la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial
de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, aprobada por su Junta General, en sesión
celebrada el 20 de diciembre de 2022, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre,
de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas en la misma por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
Segundo. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura el texto íntegro de los Estatutos del
Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, recogido en anexo a la
presente resolución.
Tercero. Inscribir –como asiento complementario– en el Registro de Colegios Profesionales y
de los Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, la modificación-adaptación de los
Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, con arreglo
al texto reproducido en el mencionado anexo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer ante este mismo órgano recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes
Miércoles 17 de enero de 2024
3409
General, entre otras, las funciones y servicios asumidos por la Junta de Extremadura en
materia de Colegios Profesionales.
2. Competencia de resolución.
La competencia para resolver las solicitudes de inscripción corresponde a quien ostenta la
titularidad de la Consejería competente en materia de Colegios Profesionales, competencias que han sido atribuidas a la actual Consejería de Hacienda y Administración Pública
en virtud de lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el
que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, número 140, de 21-072023) en relación con el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (DOE, extraordinario número 3, de 16-09-2023).
Por todo ello, vista la Propuesta de resolución, de 21 de diciembre de 2023, emitida por la
Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, el previo informe –favorable– de legalidad emitido, el 19 de diciembre de 2023,
así como los antecedentes de hecho, la normativa aplicable y los fundamentos de derecho
que anteceden, en uso de las competencias atribuidas a la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO
Primero. Declarar conforme a la legalidad la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial
de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, aprobada por su Junta General, en sesión
celebrada el 20 de diciembre de 2022, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre,
de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas en la misma por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
Segundo. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura el texto íntegro de los Estatutos del
Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, recogido en anexo a la
presente resolución.
Tercero. Inscribir –como asiento complementario– en el Registro de Colegios Profesionales y
de los Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, la modificación-adaptación de los
Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, con arreglo
al texto reproducido en el mencionado anexo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer ante este mismo órgano recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes