Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2024060087)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz, para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para la Ciudadanía en Espacios con Especiales Dificultades Demográficas", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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5. M
 ejora de la capacitación para la ciudadanía digital, asesoramiento y apoyo para facilitar el
acceso de los mismos a través de sus dispositivos electrónicos a tramites, comunicaciones
y transacciones seguras en línea.
6. A
 poyo y asesoramiento técnico a los ciudadanos para realizar actuaciones por medios telemáticos ante las diferentes Administraciones públicas, o para participar en procedimientos
que requieran su tramitación mediante medios digitales.
7. R
 ealización de labores de sensibilización para incentivar y apoyar a la ciudadanía sobre
la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en sus
actuaciones diarias.
Los proyectos y las actuaciones previstas que deberán contribuir a la promoción y desarrollo
de tales iniciativas formativas en competencias digitales, corresponderá a las Comunidades
Autónomas, entidades locales o entidades sin ánimo de lucro.
Las actuaciones llevadas a cabo persiguen formar al público objetivo establecido para cada
Comunidad Autónoma. En el caso de Extremadura el importe concedido para realizar el
compromiso establecido por la Comisión Europea, de formar en competencias digitales a
la ciudadanía que habita en espacios con especiales dificultades demográficas, asciende a
5.929.924,00 €.
Segundo. El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada con fecha 29 de diciembre de 2023,
ha autorizado previamente la presente subvención, por superar la cuantía de 900.000,00
euros, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.
La competencia para resolver corresponde a la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del
artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, tras la modificación realizada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 69, de 9 de abril).
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Directora General de Desarrollo
Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en virtud de la Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se delegan determinadas