Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Transformación Digital. Subvenciones. (2024060088)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión directa de una subvención a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres, para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para la Ciudadanía en Espacios con Especiales Dificultades Demográficas", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024
3651
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas durante un plazo
de 4 años, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control por
cualquiera de las Administraciones Publicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
g) Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con
lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica
el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de
Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero por el que se aprueba
la Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por el Decreto 44/2016,
de 12 de abril, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la
Junta de Extremadura a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello
de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
Asimismo, La Cámara de Comercio de Cáceres tendrá, en materia de publicidad, que
cumplir con las obligaciones relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la
normativa europea y nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones, material audiovisual, páginas
web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
1.º El emblema de la Unión Europea.
2.º J unto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación.
En todas las actuaciones que se lleven a cabo, publicaciones, actividades de difusión, etc, deberá mencionarse como entidades financiadoras a la Unión EuropeaNext Generation EU y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y se deberá incluir el logotipo oficial del PRTR, disponible en el enlace
https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual, además del emblema.
Miércoles 17 de enero de 2024
3651
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas durante un plazo
de 4 años, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control por
cualquiera de las Administraciones Publicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
g) Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con
lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica
el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de
Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero por el que se aprueba
la Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por el Decreto 44/2016,
de 12 de abril, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la
Junta de Extremadura a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello
de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
Asimismo, La Cámara de Comercio de Cáceres tendrá, en materia de publicidad, que
cumplir con las obligaciones relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la
normativa europea y nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones, material audiovisual, páginas
web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
1.º El emblema de la Unión Europea.
2.º J unto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación.
En todas las actuaciones que se lleven a cabo, publicaciones, actividades de difusión, etc, deberá mencionarse como entidades financiadoras a la Unión EuropeaNext Generation EU y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y se deberá incluir el logotipo oficial del PRTR, disponible en el enlace
https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual, además del emblema.