Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2024060161)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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— Presidencia: La persona titular de la Secretaría General de Cultura, o persona en quien
delegue.
— Vicepresidencia: La persona titular del Centro de las Artes Escénicas y de la Música de
Extremadura, o persona en quien delegue.
— Vocalías:


• El titular del Servicio de Promoción Cultural.



• Un funcionario o una funcionaria perteneciente al Cuerpo de Titulados Superiores de
la Secretaría General de Cultura.

• Dos empleados públicos expertos en programación de artes escénicas y musicales
designados por la persona titular de la Secretaría General de Cultura.
— Secretaría: Un empleado público que designe el titular de la Secretaría General de Cultura entre el personal que preste sus servicios en la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura.
La designación de los miembros de la Comisión de Valoración deberá publicarse en el Diario
Oficial de Extremadura por resolución de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, con anterioridad al inicio de sus actuaciones.
4. S
 erán funciones de la Comisión de Valoración:
a) Informar y valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración.
b) Elevar informe sobre la concesión y denegación de las ayudas y la cuantía de las mismas
en función de los criterios de valoración, al titular de la Secretaría General de Cultura,
de acuerdo con lo dispuesto en el apartado Octavo (Criterios de valoración).
c) Solicitar los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución.
5. La Comisión de Valoración se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por
lo dispuesto para los órganos colegiados en la sección tercera, “Órganos Colegiados”, del
capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.