Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060078)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana con destino a riego de 26,7142 ha de espárragos verdes", a ejecutar en la finca "Los Corvos", cuyos promotores son Frutícola Alqueva Nature, SL, y otros, en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA20/1350.
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Miércoles 17 de enero de 2024

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m3/año, existiendo recursos hídricos suficientes, estando en cualquier caso, como ya se
ha expuesto, a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la
solicitud de concesión de aguas superficiales.
— Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación, que en
Extremadura tiene una importancia vital.
— Sinergias y efectos acumulativos.
Al tratarse de un proyecto de carácter individual o muy localizado, dentro de una amplia
zona dedicada a los cultivos agrícolas, no se esperan efectos sinérgicos y/o acumulativos como consecuencia de la ejecución y puesta en marcha del proyecto.
— Vulnerabilidad del proyecto.
El documento ambiental aporta somero análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente
a riesgos de accidentes graves y catástrofes de conformidad con lo estipulado en la Ley
9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, concluyendo que, en general, los riesgos de accidentes y
catástrofes considerados para la puesta en riego de una superficie de 26,7142 ha de
espárragos verdes en el término municipal de Guareña, son mínimos, tanto por probabilidad de que ocurran como por la baja entidad del proyecto.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos significativos sobre el medio
ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4. “Condiciones
y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre el medio ambiente”. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000. Por ello, del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental
ordinaria.
4. C
 ondiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos sobre el medio ambiente.
4.1. C
 ondiciones de carácter general.
1. D
 eberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente
informe.