Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024060001)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior correspondiente al ejercicio 2024.
24 páginas totales
Página
NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

3713

dirección de correo electrónico que conste en la solicitud (anexo I), mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la dirección de la sede electrónica https://sede.gobex.es/SEDE/
Para la tramitación de la ayuda, las personas físicas, las personas jurídicas y entidades sin
personalidad jurídica podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la sede electrónica corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora admitidos, así como un
sistema de firma electrónica reconocida basados en certificado admitido. En caso de personas
físicas también podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la sede electrónica
corporativa mediante los sistemas de identificación y autenticación incorporados al Documento Nacional de Identidad, así como podrán actuar electrónicamente mediante el uso de
un sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad, conforme
a lo dispuesto en los artículos 34 y 35, del Decreto 225/2014 de 14 de octubre, de régimen
jurídico de administración electrónica de la Junta de Extremadura.
Por ello, para el proceso de presentación de las solicitudes, los interesados deberán disponer,
para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas
donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
En este procedimiento, las personas físicas solicitantes quedan obligadas relacionarse electrónicamente con la Administración conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, que establece que reglamentariamente, las Administraciones pueden establecer la
obligación de relacionarse a través de medios electrónicos para determinados procedimientos
y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, queda acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes y documentación a aportar.
El plazo de presentación de solicitudes es de 5 meses desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es.